En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el Gobierno Nacional ante el avance del Covid-19, las empresas de Trabajo Aéreo, entre las que se incluyen las agroaéreas, fueron exceptuadas de la prohibición general de operación, pero debían realizar sus tareas habituales previa autorización de excepción por parte de la Administración Nacional de Aviación Civil.
A partir de la resolución adjunta, desde hoy las empresas de Trabajo Agroaéreo ya no necesitarán tramitar el permiso antes mencionado y podrán sus actividades en forma directa.
Resolución completa >> https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/232502/20200724