Desde la FeArCA recordamos que para hacer efectiva la excepción al trabajo aéreo que determinó el gobierno nacional mediante Resolución de ANAC Nº 102/2020, las empresas del sector deben solicitar vía email la autorización. (adjuntamos documentación con dirección y requisitos)
Recordamos que la actividad puede realizarse durante la cuarentena por estar considerada eslabón fundamental en la producción de alimentos. Sin embargo, es prioritario realizar previamente el trámite de autorización para no tener problemas con autoridades de control y seguros que cubren la actividad.
Desde la Fearca y Cámaras asociados estamos a disposición para evacuar dudas al respecto.
DESCARGAR Resolución 102/2020. (ANAC) >> CLICK AQUÍ
DESCARGAR Anexo I. REQUISITOS >> CLICK AQUÍ
Muchas gracias.
Federación Argentina de Cámaras Agroaéreas.